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Investigan 60 casos de extracción ilegal de agua en lo que va del año en la región

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Crédito fotografía:  Lautaro Carmona
Los que construyen estos pozos se arriesgan a diversas sanciones, las que incluso pueden llegar a una multa de más de 60 millones de pesos. Además, podría constituirse el delito de usurpación del recurso hídrico. DGA solo está autorizando la extracción para consumo humano.

La tarde del lunes se conoció la muerte de dos jóvenes debido a un derrumbe en el pozo de agua potable que construían. Si bien sus causas están en investigación, este accidente puso nuevamente el foco en la peligrosidad que reviste este tipo de obras. Más aún, con la proliferación de excavaciones ilegales, sobre todo, en las provincias de Limarí y Choapa.

Sin ir más lejos, El Día informó la existencia de más de 100 pozos de extracción del recurso hídrico en Combarbalá, los que perjudican la cuenca del río Cogotí y, con ello, ponen en riesgo la disponibilidad del vital elemento.

“Quienes construyen estos pozos se arriesgan a diversas sanciones. Por parte de la DGA y tras un proceso administrativo de fiscalización, podemos pasarle una multa que podría ir hasta las 1.100 UTM. Al mismo tiempo, cuando creemos que se constituye el delito de usurpación de aguas, lo derivamos al Ministerio Público, quienes lo investigan y establecen las penas que se encuentran estipuladas en el código civil”, afirmó el director regional de Aguas, Cristóbal Julia.

Con relación a esto, reveló que mientras en todo el año pasado se abrieron 180 expedientes de investigación, en lo que va de este 2022 ya se han abierto 60. Eso sí, subrayó que no todas estas indagaciones son determinadas como delito.

Sin embargo, Julia señaló que aún es muy pronto para hacer una evaluación sobre el alza o no de la extracción ilegal del recurso producto, por ejemplo, de la escasez hídrica.

“Todo lo que es extracción de agua a nivel del subsuelo para una actividad productiva, debe ser autorizado por la DGA y solo estamos autorizando esta actividad para consumo humano. Es decir, para APR, sanitarias… pero igual, debe cumplir con los antecedentes”, complementó.

Por último, el director regional de la DGA, manifestó que el artículo 56 del código de aguas, indica que cualquier persona puede excavar un pozo en suelo propio y extraer el recurso, siempre y cuando sea para autoconsumo o subsistencia. “No obstante, es una actividad ilegal, si está sacando el agua con fines económicos”.

La gestión del recurso

Según la Estrategia Nacional de Recursos Hídricos del Ministerio de Obras Públicas, un elemento complejo para la Gestión Integrada de Recursos Hídricos (GIRH) es la sobreexplotación de aguas, que se produce cuando las personas extraen de las fuentes naturales una cantidad superior a aquella que ha sido definida como disponible. Situación que ocurre por dos razones: la primera es el sobre otorgamiento de derechos y la segunda es la extracción ilegal del vital recurso.

De esta forma, para conseguir una gestión eficiente y sustentable, el MOP tiene entre sus desafíos enfrentar este hecho que constituye siempre un grave impedimento para la adecuada gestión de los recursos hídricos y que ha cobrado especial relevancia en aquellos sectores en donde hay escasez de agua. Además, tales extracciones pueden provocar un grave daño ambiental.